Líneas de ayuda LEADER

Inversiones productivas

Inversiones realizadas por empresas ya establecidas o que se vayan a establecer (de nueva creación, modernización o ampliación) en la Comarca de los Monegros.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Empresas ya establecidas o que se vayan a establecer ( de nueva creación, modernización o ampliación) en la Comarca de los Monegros.

Inversión mínima

Para optar a estas ayudas, la inversión mínima subvencionable será como mínimo de 5.000 €.

Cuantía de la subvención

La ayuda tendrá carácter de subvención de capital.

La subvención máxima es del 35% del presupuesto elegible y justificado mediante las correspondientes facturas pagadas.

Para inversiones relacionadas con la transformación y comercialización de productos agrarios y proyectos de transformación, de movilización y comercialización de productos forestales el porcentaje máximo de ayuda será del 45 % de intensidad.

El máximo de subvención a asignar por proyecto son 100.000 euros.

Criterios de elegibilidad

En el caso de inversiones en secaderos de cereales, solo se subvencionará la maquinaria necesaria para el desarrollo de la actividad, quedando excluidas otras inversiones.  Además, el beneficiario debe estar constituido como SAT o S. Coop. con al menos 10 socios.

Quedan excluidas la compra de vehículos para el transporte de personas o mercancías, a excepción de los taxis, que sí serán elegibles para recibir subvenciones.

No será elegible la construcción y reforma de naves para actividades que sean exclusivamente de almacenamiento o relacionadas con la comercialización de insumos agrícolas y/o ganaderos.

Las cooperativas agroalimentarias que tengan más de 10 socios que soliciten la construcción de naves deberán de estar inscritas en el Comité de Agricultura Ecológica.

Las cooperativas agroalimentarias que tengan más de 10 socios que soliciten ayudas para la construcción de naves para el almacenamiento de productos ecológicos y de productos agrícolas y alimenticios acogidos a regímenes de calidad deberán demostrar la comercialización de estos productos como ecológicos o para su transformación como ecológicos.

Descarga aquí los formularios necesarios para solicitar la ayuda. (Más información: 974390102 o al correo ceder-monegros@monegros.net)

Inversiones no productivas

Inversiones promovidas por entidades sociales y/o entidades públicas.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Entidades públicas locales y entidades sin ánimo de lucro de la Comarca de los Monegros. En el caso de entidades sin ánimo de lucro participadas por entes locales, el objeto social de sus estatutos deberá incluir el fin para el que se pide la ayuda.

Inversión mínima

Para optar a estas ayudas, la inversión mínima subvencionable será como mínimo de 5.000 €.

Cuantía de la subvención

La ayuda tendrá carácter de subvención de capital.

La subvención máxima es del 80% del presupuesto elegible y justificado mediante las correspondientes facturas pagadas.

El máximo de subvención a asignar por entidad social o entidad pública es de 40.000 y para entidades supramunicipales es de 80.000, para todo el período (2023/2027).

Criterios de elegibilidad

No serán elegibles las inversiones en almacenes municipales, piscinas, pabellones, básculas, así como la compra de terrenos y/o inmuebles (excepto proyecto tractor).

No serán elegibles las inversiones promovidas por Comunidades de Riegos.

Descarga aquí los formularios necesarios para solicitar la ayuda. (Más información: 974390102 o al correo ceder-monegros@monegros.net)

EMPRENDE RURAL LEADER

Actividades subvencionables y quién puede solicitar la ayuda

Personas desempleadas que creen su propia empresa como actividad principal y se den de alta en el régimen de autónomos para desarrollar actividades económicas en la comarca de Los Monegros.

Personas desempleadas que se den de alta como autónomas socias de una sociedad mercantil en un IAE nuevo.

También podrán solicitar la ayuda las personas autónomas cuya alta se haya producido como máximo dos meses antes de solicitar la ayuda LEADER.

Personas empadronadas en alguno de los municipios de la Comarca de Los Monegros que cumplan uno de los requisitos anteriores.

Inversión mínima

No es preciso realizar ninguna inversión para acceder a esta ayuda. Se subvenciona el hecho de darse de alta como autónomos partiendo del desempleo para desarrollar una actividad económica de la que vayan a provenir la mayor parte de los ingresos del titular.

Cuantía de la subvención

La subvención será de 10.000 euros.

Incompatibilidad con otras ayudas

Esta subvención es compatible con las ayudas del INAEM para el fomento y consolidación del empleo autónomo, siempre que la suma de las ayudas no sume más del dos veces del IPREM en vigor.

Descarga aquí los formularios necesarios para solicitar la ayuda. (Más información: 974390102 o al correo ceder-monegros@monegros.net)

COOPERACIÓN ENTRE PARTICULARES

Actividades subvencionables y quién puede solicitar la ayuda

Podrán ser personas beneficiarias, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, constituidas expresamente para llevar a cabo los proyectos. Los miembros de la agrupación deberán participar activamente en el desarrollo del proyecto, no siendo suficiente justificación para su participación el suministro de un servicio concreto.

Participarán entre dos y cinco personas físicas o jurídicas, siempre que al menos dos de ellas no tengan claras dependencias orgánicas, funcionales o económicas entre sí, y justifiquen su vinculación con el ámbito del proyecto.

La ayuda para cooperación entre particulares subvencionará los gastos que estén directamente relacionados con la elaboración e implementación de los proyectos de cooperación que resulten aprobados, basados en resolver de forma innovadora un reto o necesidad común.

Se considerarán también proyectos de cooperación los proyectos piloto de carácter tecnológico, o proyectos de cooperación en los que intervenga un centro de investigación o una entidad vinculada a una Universidad. En estos casos descritos podrá haber una sola persona beneficiaria, debiendo haber en el resto de los proyectos de cooperación al menos dos personas beneficiarias y un máximo de cinco. Para que un proyecto de cooperación pueda considerarse innovador, al menos uno de los miembros de la agrupación que solicite la ayuda deberá justificar su capacidad técnica o profesional para la aplicación o desarrollo específico del carácter innovador de la propuesta.

Inversión mínima

Para optar a estas ayudas, la inversión mínima subvencionable será como mínimo de 5.000 €.

Cuantía de la subvención

La subvención máxima es del 80% del presupuesto elegible y justificado mediante las correspondientes facturas pagadas.

No serán subvencionables los proyectos cuyo objetivo principal se enmarque en el ámbito de la producción agrícola o ganadera.

Descarga aquí los formularios necesarios para solicitar la ayuda. (Más información: 974390102 o al correo ceder-monegros@monegros.net)

ACTIVIDADES FORMATIVAS

Son subvencionables las actividades y cursos de formación que no sean objeto de programas de formación profesional reglada o de enseñanza secundaria o superior.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Podrán ser beneficiarias de actividades formativas no productivas los sindicatos de trabajadores, las OPA, las entidades públicas locales que sean ayuntamientos y comarcas, las cámaras de comercio, las entidades sin ánimo de lucro y las empresas.

Las empresas y trabajadores autónomos también podrán ser beneficiarias cuando la formación se dirija a personas que no sean trabajadoras de la propia empresa para formar a sus futuros trabajadores. Las entidades públicas locales que sean ayuntamientos y comarcas y las entidades sin ánimo de lucro podrán ser beneficiarias en formación para la población en general.

Cuantía de la subvención

La Intensidad máxima de ayuda a la formación considerada como proyecto productivo será del 35%. (La formación individualizada se considera como un proyecto productivo.

Y en formación considerada como proyectos no productivos, será del 80 % del presupuesto elegible.

Descarga aquí los formularios necesarios para solicitar la ayuda. (Más información: 974390102 o al correo ceder-monegros@monegros.net)

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